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Los motivos para expedir la Ley General de Desaparición Forzada

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A finales del mes de abril de 2017 se aprobó en el Senado de la República este marco normativo que toca uno de los temas más sensibles de los últimos años en México.
Los motivos para expedir la Ley General de Desaparición Forzada

La ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, debe su origen a dos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de entrada al primero, el cual establece que: «todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte», así mismo, del artículo 73 fracción XXI inciso a), en el que se señala como facultad del Congreso realizar «Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes».

(Foto: Internet)

En estricto sentido, la desaparición forzada es un delito lamentable que daña todos los aspectos de la vida de una persona: su integridad física, psicológica, familiar y laboral, se quebrantan sus derechos humanos y sus libertades fundamentales, se rompe su sentido de la seguridad y de un trato digno.

Aunque esta legislación era un reclamo de la sociedad desde hace cincuenta años, el proceso inició el 22 de abril de 2014, con reformas a la Constitución publicadas en el Diario Oficial de la Federación en julio de 2015, fecha en que iniciaron los trabajos del Congreso para llegar a esta Ley General. En la Cámara Alta fueron cuatro Comisiones Unidas las que en conjunto redactaron la ley: justicia, gobernación, derechos humanos y estudios legislativos, integradas por 38 senadores y senadoras.

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El tema de la desaparición forzada ha sido prioridad en los últimos años para diversos sectores de la sociedad, debido a las dimensiones que ha tomado, ya que no solo afecta a las víctimas, sino a sus padres, madres, hijos, hijas, nietos, nietas, parejas, amigos y amigas, etc., quienes además de vivir en un abuso continuo, se ven en la desesperación de buscar por su propia cuenta información o pistas que les permitan encontrar a sus seres queridos.

Según el abogado Juan José Gómez Camacho en su ensayo La desaparición forzada de personas: avances del derecho internacional, dice: «La desaparición forzada es un fenómeno tan grave, como complejo, cuya atención requiere una comprensión integral de su naturaleza. La complejidad misma del fenómeno ha impedido que a pesar de los múltiples esfuerzos, por conceptualizarlo, se pueda alcanzar una definición universalmente aceptada en los distintos instrumentos jurídicos internacionales que se ocupan de esta particular temática». 

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